Distribuciones por jubilación anticipada: 72t y Regla de los 55
Comparación de los métodos de retirada autorizados por el IRS antes de cumplir 59 ½ años
En general, el IRS ha obligado históricamente a los ahorradores para la jubilación a esperar hasta los 59 ½ años para empezar a retirar activos de sus cuentas IRA o cuentas de jubilación patrocinadas por la empresa sin penalización. Estas restricciones se incluyeron en las leyes que crearon este tipo de cuentas para incentivar el ahorro para la jubilación a largo plazo y, en general, disuadir de la retirada de fondos de este tipo de cuentas durante los años de trabajo.
Sin embargo, con los excelentes rendimientos de las carteras de los inversores en las tres últimas décadas, muchas personas se encuentran económicamente preparadas para jubilarse antes de la edad de jubilación para las distribuciones que establecen estas leyes: 59,5 años.
Lo que muchos inversores no saben es que existen varias normas que les permiten retirar fondos de sus cuentas de jubilación antes de los 59 ½ años sin incurrir en ninguna penalización. Algunas de estas normas son para acontecimientos vitales importantes o problemas médicos, pero hay dos que están claramente orientadas a las personas que desean jubilarse anticipadamente.
Según el artículo 72(t) del Código de Rentas Internas, los contribuyentes pueden iniciar lo que el IRS denomina Pagos Periódicos Sustancialmente Iguales (SEPP) de estas cuentas anualmente a partir de cualquier edad. Los contribuyentes que tengan 55 años o más y se hayan separado del servicio con su empresa actual también pueden realizar distribuciones sin penalización de su plan 401(k) antes de cumplir los 59 ½ años, según lo que se conoce como la Regla de los 55. A continuación desglosaremos cada una de estas normas, cómo funcionan y las compararemos para ayudarte a determinar qué método sería mejor para cada situación concreta.
72(t) Pagos periódicos sustancialmente iguales
La norma fiscal 72(t) permite a los particulares realizar distribuciones sin penalización de sus cuentas de jubilación cualificadas (cuentas IRA, 401(k), etc.) antes de alcanzar la edad de 59½ años. Según esta norma, los participantes deben comprometerse a retirar pagos periódicos durante un mínimo de cinco años o hasta que cumplan 59½ años, lo que sea más largo.
Cálculo del SEPP
De nuevo, la clave para evitar una sanción fiscal sobre estas distribuciones es que el IRS las considere «Pagos Periódicos Sustancialmente Iguales». Para determinar el importe de los SEPP, los particulares deben elegir uno de los tres métodos aprobados por el IRS: el método de la Distribución Mínima Obligatoria (RMD), el método de la Amortización Fija o el método de la Anualización Fija. Cada método utiliza una fórmula diferente para calcular el importe de las distribuciones 72(t), teniendo en cuenta factores como la esperanza de vida, el saldo de la cuenta y los tipos de interés.
Método de Distribución Mínima Obligatoria (RMD): Este método utiliza la Tabla Uniforme Vitalicia del IRS para calcular los repartos anuales en función de la esperanza de vida y el saldo de la cuenta. El método RMD suele producir el reparto anual más bajo.
Método de Amortización Fija: Este método calcula pagos anuales iguales basados en el saldo de la cuenta, la esperanza de vida y un tipo de interés supuesto. Los importes de los pagos permanecen fijos durante toda la duración de los SEPP.
Método de anualización fija: Este método determina las distribuciones anuales basándose en el saldo de la cuenta, la esperanza de vida y un tipo de interés supuesto. Sin embargo, en lugar de pagos fijos, este método utiliza un factor de anualidad para calcular los pagos variables, lo que puede dar lugar a mayores distribuciones anuales en comparación con el método de Amortización Fija.
Consideraciones importantes
Aunque la regla fiscal 72(t) proporciona un medio de acceder a los fondos de jubilación sin penalización, es esencial comprender sus limitaciones y los posibles escollos de la 72(t):
Retiros anticipados: Una vez iniciados los SEPP, los particulares deben seguir recibiendo los pagos calculados durante el periodo predeterminado, independientemente de sus circunstancias económicas. La interrupción de los pagos antes de que haya transcurrido la duración mínima puede dar lugar a penalizaciones retroactivas para todo el período. No obstante, es posible modificar el método de cálculo si las necesidades de reparto cambian durante el periodo de reparto.
Fiscalidad: Aunque la norma fiscal 72(t) exime de la penalización por retirada anticipada, las distribuciones realizadas en virtud de los SEPP siguen estando sujetas al impuesto sobre la renta ordinario. Es crucial que los inversores consulten a un profesional financiero y fiscal para comprender las implicaciones fiscales y los efectos potenciales de estas distribuciones en su plan financiero.
Impacto en los ahorros para la jubilación: Retirar fondos de las cuentas de jubilación antes de lo previsto puede afectar significativamente a los objetivos de ahorro a largo plazo. Es esencial considerar detenidamente las posibles consecuencias y evaluar opciones alternativas antes de aplicar la regla fiscal 72(t).
Consulta nuestra Calculadora de la Regla 72 (t) para descubrir el importe de tu distribución anual 72(t) subvencionable.
Regla del 55
La regla de los 55 es una disposición del IRS que permite a los trabajadores que dejan su trabajo por cualquier motivo (voluntariamente, despido, etc.) empezar a recibir distribuciones sin penalización del plan de jubilación de su empresa más reciente al cumplir los 55 años.
Para poder hacer estas distribuciones, el plan 401(k) de la empresa debe tener una disposición que permita estas distribuciones – no están obligados a hacerlo. Algunos planes 401(k) permiten tantas distribuciones conforme a la Regla de los 55 como desee hacer el partícipe, pero otros limitan el número de distribuciones anuales disponibles. Esta norma también se aplica a los planes 403(b), pero no se aplica a las cuentas IRA.
Consideraciones importantes
Limitaciones de la elegibilidad: La regla de los 55 sólo se aplica a los ahorros para la jubilación en el plan patrocinado por la empresa asociado a la empresa de la que el individuo se separó más recientemente. Por ejemplo, si una persona se incorpora a una nueva empresa a los 57 años, los fondos del plan de la empresa anterior aún pueden retirarse sin penalización en virtud de la regla de los 55 años. Sin embargo, si el individuo transfiere esos fondos al plan de la nueva empresa, no podrán acogerse a la regla de los 55 hasta que se separe de la nueva empresa. Esta estrategia no está disponible para las personas que dejan su empresa antes de cumplir los 55 años.
Fiscalidad: La regla de los 55 puede eximir al contribuyente de la penalización por retirada anticipada, pero la distribución realizada seguirá estando sujeta a impuestos en el año en que se realice. Ten en cuenta que existe una retención fiscal obligatoria del 20% sobre las distribuciones según la regla de los 55 años. Si el tipo impositivo efectivo de la persona es inferior al 20% en el año, recibirá el exceso de retención como devolución de impuestos al presentar su declaración de la renta.
Importes de retirada: A diferencia del 72(t), la regla del 55 no exige que se retire una determinada cantidad cada año. Según la regla del 55, se puede retirar cualquier cantidad en cualquier momento entre los 55 y los 59 ½ años si se cumplen los requisitos para la distribución.
Reducción de los ahorros para la jubilación: Como se mencionó al hablar de la 72(t), retirar fondos de una cuenta de jubilación antes de alcanzar la edad de jubilación tradicional puede afectar significativamente al potencial de crecimiento a largo plazo de la cuenta. Es crucial evaluar cuidadosamente las necesidades y los recursos financieros antes de recurrir a los ahorros para la jubilación antes de tiempo.
Regla del 55 frente al 72(t)
Requisito de edad: La regla 72(t) exige que los individuos se comprometan a realizar pagos periódicos sustancialmente iguales durante al menos cinco años o hasta que alcancen la edad de 59 ½ años, lo que sea más largo. Estos pagos pueden comenzar a cualquier edad antes de alcanzar los 59 ½ años. Por otra parte, como su nombre indica, la regla del 55 permite retiradas sin penalización de los planes patrocinados por la empresa a los 55 años o más, sin requisito de continuación.
Cuentas elegibles: La regla del 72(t) se aplica a todo tipo de cuentas de jubilación, incluidos los planes patrocinados por la empresa y las cuentas individuales de jubilación. En cambio, la regla de los 55 se aplica exclusivamente a los planes de jubilación patrocinados por la empresa, como los 401(k)s y los 403(b)s. No cubre las cuentas individuales.
Flexibilidad: La Regla de los 55 ofrece más flexibilidad, ya que las personas pueden hacer retiradas únicas o retiradas periódicas según sus necesidades (sujetas a las normas de la empresa sobre el plan). Esto permite un mayor control sobre el momento y la cuantía de las retiradas. Por el contrario, la norma 72(t) exige retiradas constantes y predeterminadas durante todo el periodo de compromiso. La única flexibilidad para las distribuciones 72(t) es la posibilidad de modificar el método de cálculo utilizado.
Cálculo de la retirada: Según la regla del 72(t), los particulares disponen de tres métodos aprobados por el IRS para calcular el importe de sus retiradas. En cambio, según la regla de los 55, los particulares pueden retirar cualquier cantidad que elijan de su plan patrocinado por la empresa, sin necesidad de cálculos complejos.
Preguntas frecuentes
A continuación encontrarás algunas preguntas frecuentes sobre la Regla de 55 y el 72(t).
¿Cómo se determina el importe exacto de los pagos periódicos sustancialmente iguales (SEPP) según la Regla 72(t)?
Para la Regla 72(t), determinar el importe de los pagos periódicos sustancialmente iguales (SEPP) implica utilizar uno de los tres métodos de cálculo aprobados por el IRS: el método de la Distribución Mínima Obligatoria (RMD), el método de la Amortización Fija y el método de la Anualización Fija. Cada método utiliza fórmulas específicas para calcular los pagos anuales en función del saldo de la cuenta, la edad del titular y los tipos de interés vigentes.
La elección del método puede influir significativamente en los importes de los pagos, y una vez iniciado, el método seleccionado debe seguirse durante al menos cinco años o hasta que el titular de la cuenta cumpla 59½ años, lo que sea más largo. Es aconsejable consultar con un planificador financiero o un asesor fiscal para determinar el método de cálculo más beneficioso para tu situación concreta.
¿Puedes cambiar de trabajo y seguir aplicando la regla de los 55 para las retiradas anticipadas?
En cuanto a la Regla de los 55, se aplica a las personas que dejan su trabajo en el año en que cumplen 55 años o después, pero es específica del plan de jubilación de la empresa más reciente.
Si cambias de trabajo después de cumplir los 55 años y luego decides acceder a tus fondos de jubilación, sólo los activos del plan patrocinado por la empresa que dejaste en el año en que cumpliste los 55 años o después son elegibles para retiradas libres de penalización según esta regla. Si cambias de empresa y cotizas a un nuevo plan, esos activos no podrían acogerse a la Regla de los 55, a menos que dejes esa empresa en el año en que cumplas 55 años o después.
¿Cuáles son las implicaciones fiscales de utilizar estas normas para las distribuciones por jubilación anticipada?
Las implicaciones fiscales de utilizar la Regla 72(t) o la Regla de 55 para las distribuciones por jubilación anticipada implican principalmente el impuesto sobre la renta. Aunque ambas reglas permiten retiradas sin penalización, las distribuciones siguen estando sujetas al impuesto sobre la renta ordinario.
Es crucial planificar estas obligaciones fiscales, ya que pueden afectar significativamente a tu estrategia general de jubilación y a tu salud financiera. Las distribuciones no escapan a la tributación, sino que tributan como ingresos ordinarios en el año en que se retiran. Este aspecto subraya la importancia de planificar cuidadosamente el momento y la cuantía de las distribuciones para gestionar eficazmente el posible impacto fiscal.
Conclusión
Tanto la regla 72(t) como la regla de los 55 permiten a los contribuyentes disponer de sus ahorros para la jubilación sin penalización antes de cumplir los 59 ½ años. Cada una de ellas tiene normas diferentes que las rigen y, si se ejecutan incorrectamente, pueden tener consecuencias adversas para el contribuyente. Los inversores deben estudiar detenidamente el funcionamiento de estas normas, así como sus ventajas y peligros habituales, antes de decidir qué opción les conviene más.
La Regla de los 55 y el 72(t) hacen que los 401(k) sean aún más atractivos como vehículo de ahorro. Consulta este artículo para obtener más información de nuestro propio Kyle McClain, CFP®, CIMA® sobre las ventajas de las cuentas 401(k) frente a otras opciones.
¿Necesitas ayuda?
Si quieres que uno de nuestros contables o asesores financieros certificados (CFP®) te ayude con esta estrategia y cómo se aplica a tu caso, el equipo de Rhame & Gorrell Wealth Management está aquí para ayudarte.
Nuestros experimentados Gestores Patrimoniales facilitan a nuestros valiosos clientes todo nuestro conjunto de servicios, incluida la planificación financiera, la gestión de inversiones, la optimización fiscal, la planificación patrimonial y mucho más.
No dudes en ponerte en contacto con nosotros en (832) 789-1100, [email protected]o haz clic en el botón de abajo para programar tu consulta gratuita hoy mismo.
IMPORTANT DISCLOSURES:
Corporate benefits may change at any point in time. Be sure to consult with human resources and review Summary Plan Description(s) before implementing any strategy discussed herein.Rhame & Gorrell Wealth Management, LLC (“RGWM”) is an SEC registered investment adviser with its principal place of business in the State of Texas. Registration as an investment adviser is not an endorsement by securities regulators and does not imply that RGWM has attained a certain level of skill, training, or ability. This material has been prepared for informational purposes only, and is not intended to provide, and should not be relied on for, tax, legal or accounting advice. You should consult your own CPA or tax professional before engaging in any transaction. The effectiveness of any of the strategies described will depend on your individual situation and should not be construed as personalized investment advice. Past performance may not be indicative of future results and does not guarantee future positive returns.
For additional information about RGWM, including fees and services, send for our Firm Disclosure Brochures as set forth on Form ADV Part 2A and Part 3 by contacting the Firm directly. You can also access our Firm Brochures at www.adviserinfo.sec.gov. Please read the disclosure brochures carefully before you invest or send money.